Como Denunciar Una Tienda Online?

Como Denunciar Una Tienda Online
Pon la denuncia en la Oficina de Atención al Consumidor para que cierren la página web – Este es un paso previo a realizar la denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado. Si has sido víctima de una tienda online, puedes acudir a la Oficina Municipal de Información del Consumidor (OMIC).

¿Cómo reclamar una compra que no realice?

Las nuevas tecnologas y la digitalizacin de los sistemas informticos bancarios trajeron incontables beneficios para los consumidores, pero con ello tambin llegaron nuevos problemas e inconvenientes : los problemas ms destacados son el fraude informtico y el robo de los datos personales, ambos permiten hacer compras que el titular no autorizo.

Al revisar la cuenta y ver una compra no realizada o un gasto que no se reconoce, los titulares generalmente no saben qu hacer para que el reclamo sea efectivo y ese dinero descontado vuelva a la cuenta. Sin mencionar que se haga una investigacin competente para averiguar cmo se esfum ese dinero. Cambian las tarjetas: su fin tal y como las conocemos Es de pblico conocimiento que uno de los derechos ms importantes que tienen los clientes de las entidades bancarias es la devolucin de los cobros desconocidos,

Este est dictado por la Ley nacional 25065 de Tarjetas de crdito, dbito y compras: el usuario cuenta con 30 das para realizar un reclamo a la entidad emisora del plstico (banco o empresa que le provey de la tarjeta). El Art.26 de dicha ley detalla lo siguiente: ” El titular puede cuestionar la liquidacin dentro de los treinta (30) das de recibida, detallando claramente el error atribuido y aportando todo dato que sirva para esclarecerlo por nota simple girada al emisor”.

  1. N de Comprobante : nmero que otorga la empresa de servicios de pagos a esa compra.
  2. Detalle de la Transaccin : identificacin de la empresa a la que se le enva el pago.
  3. Pesos o Dlares : monto de la compra expresado en la moneda en la que se realiz.
  4. Cuotas : cantidad de pagos realizados y faltantes.

DESCONOCER UNA COMPRA CON TARJETA DE CRDITO: LA FORMA MS EFICIENTE

  1. Realizar el reclamo por medio de correo electrnico o un formulario electrnico que la entidad bancaria, o empresa, emisora de la tarjeta tenga disponible en su web oficial.
  2. Cargar los datos necesarios, entre ellos indicar cuales son los gastos que desea desconocer. El reclamo ser ingresado al sistema,
  3. Guardar el nmero de reclamo recibido, el correo enviado y todo dato que proporcione la entidad bancaria o empresa.

La impugnacin del resumen, es decir, el reclamo ante un gasto desconocido, ser realizada por el titular de la cuenta. Ante el inicio de la gestin del mismo, la entidad bancaria o empresa tiene siete das hbiles para acusar recibo de la impugnacin, Una vez recibida la respuesta, si el cliente no est de acuerdo con ella debe rechazarla dentro de los siete das hbiles siguientes,

Dentro de los 15 das siguientes se deber corregir cualquier error o explicar la exactitud de la liquidacin con copia de los comprobantes de compra o cualquier documento que acredite la situacin en cuestin. DESCONOCER UNA COMPRA CON TARJETA DE CRDITO: QU HACER ANTE LA AUSENCIA DE UNA RESPUESTA DEL BANCO Si han pasado los siete das hbiles y la entidad bancaria, o empresa, no ha emitido una respuesta, se puede acudir al Banco Central de la Repblica Argentina (BCRA): desde el BCRA reciben los reclamos de usuarios de servicios financieros no resueltos por las entidades bancarias y los redireccionan a la Direccin de Defensa del Consumidor,

Estos son los documentos y la informacin necesarios para que la queja ante el BCRA sea efectiva:

  • Ser usuario final de servicios financieros
  • Nmero de reclamo asignado por la entidad financiera o empresa emisora de la tarjeta de crdito
  • DNI
  • Copia del reclamo realizado ante el banco o empresa
  • Copia de la respuesta de la entidad bancaria o empresa al reclamo
  • Que hayan pasado 10 das hbiles desde la presentacin del reclamo

Si se desea, el cliente involucrado podra comunicarse directamente con la Direccin Nacional de Defensa al Consumidor con el nmero 0800-666-1518 o por medio de un correo electrnico a [email protected], Impuestos que pagamos caro y no miramos: $ 44 de cada $ 100 de intereses van a un recaudador

¿Quién vigila las compras por Internet en Colombia?

Superintendencia de Industria y Comercio.

¿Cómo denunciar una tienda online Colombia?

¿Qué hacer si fue víctima de incumplimientos en compras por internet?

  • Por: María Camila Sánchez
  • Durante el periodo de confinamiento, miles de quejas de consumidores se han reportado por incumplimientos de diferentes establecimientos comerciales que, después de determinado plazo, no entregaron una respuesta satisfactoria, tampoco regresaron el dinero, ni entregaron el bien que sus clientes pagaron por medios electrónicos.
  • ¿Qué hacer en estos casos y quién protege los derechos de los consumidores?
  • En Contacto Directo, María Carolina Corcione, superintendente Delegada para la protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC, aclaró cuáles son los derechos que los consumidores tienen a la hora de exigirle a un establecimiento, la devolución de su dinero o una respuesta sobre el producto solicitado.
  • El panorama de las quejas durante el confinamiento

Tan solo en los primeros seis meses del 2020, la SIC recibió un poco más de 35 mil quejas de usuarios que denunciaron incumplimientos por parte de establecimientos comerciales, en las compras que hicieron por medios electrónicos. Buena parte del incremento de las quejas se empezó a evidenciar a partir de marzo y esta cifra representa un incremento sustancial de reclamaciones, puesto que en todo el 2019 se recibieron cerca de 36 mil.

  1. “Gran parte de esas denuncias vienen de afectaciones que manifiestan los consumidores, en sus compras a través del comercio electrónico porque se han presentado diversos problemas en la entrega de los productos, demoras con promesas que no se cumplen, entre otros”, dijo Corcione.
  2. De esas 35 mil quejas, la mayoría de denuncias se presentaron por incrementos en los precios.
  3. “Por estas quejas tenemos abiertas varias investigaciones contra reconocidas empresas, incluso hemos adelantado procesos investigativos de carácter sancionatorio y también hemos emprendido una labor de pedagogía al consumidor frente a unos derechos en particular que se tienen en el comercio electrónico”, dijo.
  4. ¿El establecimiento está obligado a dar una respuesta satisfactoria al cliente?
  5. “El establecimiento debe responder y contestar todas las peticiones del consumidor, especialmente si un pedido no llega; deben responder qué pasó”, indicó Corcione al añadir que se hace indispensable conocer en detalle a quién se le hace la compra, especialmente en el comercio electrónico.

“Si ese empresario no le contesta al consumidor, puede inmediatamente poner una demanda a ese proveedor de bienes y servicios. Es muy sencillo. No necesita un abogado si lo que está reclamando no supera los 40 salarios mínimos y puede hacerlo ante la SIC o ante un juez”, puntualizó.

La superintendencia hace un acompañamiento al consumidor y le facilita el diligenciamiento de unas plantillas específicas, con las que puede presentar la demanda o si prefiere dirigirlas ante un juez especializado “que le va a ayudar y lo orientará a resolver ese litigio contra algún empresario”. ¿Debo hacer una denuncia o interponer una demanda? “Es muy importante tener en cuenta esta distinción.

Podemos decir que con la denuncia yo busco proteger los derechos de todos los consumidores y el interés general, pero con la demanda, una vez hecha la reclamación al empresario, busco que me arreglen mi problema”, indicó la funcionaria. – La demanda: la solución a mi problema en particularCorcione aclaró que la demanda se puede presentar directamente ante la SIC o ante un juez ordinario, siempre y cuando se haya hecho una reclamación directa al empresario y este no haya dado una respuesta satisfactoria.

Con este recurso el consumidor podrá resolver su reclamación en concreto y tener una respuesta para su caso en particular. “Si tengo un problema particular, como por ejemplo, que un establecimiento no me ha regresado la plata, que no me ha llegado el producto, que me llegó algo que no era o tuve un problema de calidad, como consumidor lo primero que debo hacer es reclamarle al empresario.

El empresario tiene 15 días para contestar este reclamo”. Pasados estos 15 días, el consumidor puede proceder a presentar la demanda. – La denuncia: mecanismo de protección colectiva”Si lo que busca como consumidor es que se corrija la conducta de ese empresario para que no vuelva a pasarle a otro consumidor, o pretende prevenir una situación en la que se vulneren los derechos de los consumidores, se debe presentar una denuncia o queja ante la SIC”, explicó.

  1. Este recurso se debe presentar directamente ante la Superintendencia, que en la delegatura de protección al consumidor emprenderá un proceso de investigación para cerciorarse de que la conducta expuesta por el consumidor se esté llevando a cabo.
  2. Una vez demostrado que el empresario con sus conductas está engañando, usa publicidad engañosa, está modificando los precios o no cumple con temas de calidad, se corrige esa conducta a través de la imposición de una multa u otra sanción que contempla el Estatuto del Consumidor”.
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¿Puedo tener de regreso mi dinero si el establecimiento falla? “Usualmente cuando compramos por internet usamos tarjetas débito o crédito para hacer los pagos, y en este caso, cuando no llega el producto o llega algo distinto, se le puede solicitar al proveedor la devolución, y exigirle al banco que haga la reversión.

  • El Estatuto del Consumidor señala que el banco debe proceder a la devolución del dinero en un periodo de 15 días.
  • ¿Tiene la SIC jurisdicción sobre el establecimiento al que quiero demandar?
  • Tenga en cuenta que si usted compra a través de una plataforma que no tenga su domicilio en Colombia, no podrá presentar ningún recurso en su contra ante la SIC, ya que no tiene jurisdicción en dichos establecimientos.

“El Estatuto del Consumidor señala que los derechos que tiene el consumidor en el comercio electrónico y la vigilancia de quienes prestan servicios a través de este medio, únicamente se da para aquellos proveedores que estén domiciliados en Colombia.

  • Hasta ahí llega la protección que puede brindar la Superintendencia en términos de comercio electrónico”, explicó.
  • Por lo anterior, la SIC recomienda que “si la plataforma está domiciliada en otro país, se debe verificar que sus datos personales estén protegidos, a quién se le compra y si existen mecanismos de solución de problemas que brinde la misma página, a través de los cuales pueda contactarse directamente con el empresario”.

¿Cómo identifico que el establecimiento comercial al que quiero comprarle es seguro? – El establecimiento se debe identificar plenamente. Es una obligación que está en el Estatuto del Consumidor en la que se debe especificar quién es el prestador de bienes y servicios, cómo se puede contactar y debe exponer y hacer evidentes sus registros especiales (como por ejemplo el registro de los establecimientos prestadores de servicios turísticos).

Se recomienda revisar las reseñas de otros consumidores y leer comentarios al respecto, incluso conocer el sistema de calificaciones de los buscadores. – Tenga en cuenta la seguridad de las plataformas para evitar robos de datos, clonaciones de tarjetas, entre otros. El candado que aparece en la barra de la dirección url, indica que en ese lugar se pueden hacer transacciones protegidas y seguras.

– Al ingresar los datos personales se debe conocer para qué se solicitan y el consumidor debe autorizar el manejo de los mismos. Exponga ante los canales correctos de la SIC irregularidades para evitar repeticiones “Se considera que es un agravante una sanción que está en firme contra un establecimiento que ofrece bienes o servicios; es la forma de persuadir o evitar que se sigan cometiendo estas conductas.

  1. Por eso invitamos desde la Superintendencia a que los consumidores nos cuenten qué está ocurriendo, porque muchas veces utilizan canales en donde nosotros no podemos enterarnos de forma inmediata.
  2. Los consumidores se vuelven los ojos vigilantes en el mercado que ayudan a tomar decisiones más eficientes”, explicó.

Canales para presentar recursos ante la SIC Para presentar denuncias, demandas o cualquier tipo de reclamación o queja en contra de algún establecimiento, que esté violando los derechos de los consumidores, podrá acceder a los siguientes canales de atención: Página web de la Superintendencia sic.gov.co (A través de la página podrá radicar en línea el recurso que requiera, sin intermediarios ni costos).

¿Cómo denunciar a una empresa que no me devuelve el dinero?

Puede acudir a interponer la reclamación a la OMIC de su municipio o la Dirección General de Consumo de su Comunidad Autónoma. En caso de que no obtenga respuesta por parte de la empresa puede interponer una demanda de reclamación de cantidad en el Registro de los Juzgados.

¿Cómo demandar a una empresa de envíos?

Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo [email protected]; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde) y Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

¿Dónde se denuncia a un comercio?

Telefónico: llamando al 0800-999-DENU (3368) de lunes a viernes de 10 a 16 horas. Presencial: en cualquier dependencia de la AFIP.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una compra por internet?

Derecho a desistir En las compras online, como en todas las compras a distancia, el comprador puede ejercer su derecho al desistimiento o revocación del contrato en un plazo de 14 días naturales contados desde la entrega del producto.

¿Qué hacer si compras en una página fraudulenta?

Por eso, llama a los consumidores a ingresar Alertas Ciudadanas en el Portal del Consumidor o llamando al 800 700 100.

¿Cuando me pueden devolver el dinero de una compra?

La Ley del Consumidor establece el derecho al cambio, la devolución del dinero o la reparación del producto que sale malo, dentro de los tres meses desde la compra o la recepción del producto, en el caso de las compras por internet. Durante este año, el SERNAC ha recibido cerca de 20 mil reclamos relacionados con problemas para ejercer este derecho. Tras las celebraciones de Navidad, el SERNAC quiso recordar a los consumidores su derecho a garantía legal en caso que los productos adquiridos salgan malos, así como anunció que iniciará un trabajo más profundo con las empresas para eliminar malas prácticas de raíz.

Durante este año, el SERNAC ha recibido cerca de 20 mil reclamos en contra del retail relacionados con problemas para ejercer el derecho a la garantía legal, principalmente por la negativa por parte de las empresas a cambiar el producto cuando sale malo (53,9%); no devolver el dinero (41%) ; y por negarse a efectuar la reparación gratuita (4,8%).

La Ley del Consumidor (LPC) es clara, y entrega tres alternativas en caso que el producto salga defectuoso o falle por un uso normal. Esto es, el cambio, la reparación o la devolución de lo pagado, esto a elección del consumidor. Para poder ejercer este derecho, los consumidores tienen un plazo de 3 meses desde la compra del producto o la recepción, en caso que lo haya adquirido a través de internet.

“Un regalo que sale malo puede empañar la celebración para los consumidores. Por eso es importante que las empresas estén a la altura y entreguen las facilidades para que puedan ejercer su derecho a garantía legal, Recibir un producto que funcione es un derecho básico, independiente de su precio”, indicó el Director del SERNAC, Lucas Del Villar.

En algunos productos como los electrodomésticos, las empresas exigen una primera revisión en el servicio técnico para descartar que no se trate de un mal uso. Pero tras esa revisión, subsiste el derecho a la triple opción si el producto tiene fallas de fábrica.

No obstante, esa revisión debe ser expedita para no afectar el derecho del consumidor a usar el producto que compró. Precisamente otro de los reclamos de los consumidores es que las empresas envían los productos a los servicios técnicos, teniendo que esperar en algunos casos, hasta más de 20 días para conocer el diagnóstico, y recién entonces poder optar al cambio, la devolución del dinero o la reparación del producto.

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De esta forma, el consumidor puede pasar largos períodos sin poder hacer uso del producto, por lo cual, debería ser adecuadamente compensado si se determina que efectivamente falló.

¿Qué dice el artículo 47 de la ley 1480 de 2011?

El consumidor deberá devolver el producto al productor o proveedor por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.

¿Cuánto cuesta reclamar por la OCU?

¿TU COCHE ESTÁ AFECTADO POR EL PACTO ILEGAL DE CONCESIONARIOS? Selecciona la marca, el concesionario y la fecha de compra y comprueba si eres uno de los afectados y puedes reclamar ¿Te compraste un coche nuevo entre 2006 y 2013? Comprueba si fuiste víctima de un pacto ilegal de precios de fabricantes y concesionarios.

¿Qué hacer si te venden un producto falso?

¿Ante quién se puede denunciar posibles falsificaciones de productos o servicios amparados por un derecho de propiedad industrial? Para la presentación de denuncias relacionadas con usurpación de derechos de Propiedad Industrial, se recuerda la posibilidad de acudir a la Policía Nacional (091) o Municipal (092).

¿Qué pasa si una empresa no cumple con la entrega de un producto?

Si una empresa no cumple con los tiempos de entrega, en consecuencia, pierde clientes. De hecho, puede perder la confianza que clientes y usuarios finales depositaron en ella. Y ya sabemos que la confianza es un valor tan fácil de perder como difícil de ganar.

¿Qué documentos necesito para demandar a una empresa?

La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Cuautitlán – Texcoco tiene a su cargo:

  1. La conciliación, tramitación y decisión sobre los conflictos que se susciten entre las trabajadoras o los trabajadores y de las o los patrones, solo entre aquéllas o aquéllos y solo entre éstas o éstos, derivados de las relaciones de trabajo.
  2. La generación de condiciones generales de trabajo cuando se sometan a su decisión los conflictos de naturaleza económica.
  3. El registro de organización obreras y patronales, hasta en tanto inicie funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
  4. El depósito de contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo, avisos u otra documentación de acuerdo a su competencia legal, hasta en tanto inicie funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Convenios sin juicio Acuerdo de voluntades entre dos o más personas, derivado de una relación laboral cuando no existe un juicio de por medio. Se tramitan y aprueban convenios sin juicio. Acreditar debidamente la personalidad con que se ostentan: Trabajador:

Identificación oficial con fotografía vigente en original y copia simple ( credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, cartilla del servicio militar nacional y/o constancia domiciliaria con fotografía).

Patrón:

  • Acta constitutiva.
  • Poder notarial.
  • Carta poder suscrita por éste, en caso de no realizar personalmente el trámite.
  • Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Licencia de funcionamiento expedida por la autoridad competente.
  • Forma de pago (cheque certificado, de caja o efectivo).

Responsable: Secretarios Generales Jurídicos Laborales. Demandas individuales por conflictos en el trabajo Se reciben, tramitan y resuelven demandas de trabajadores por despido, rescisión de la relación de trabajo por causas imputables al patrón, incumplimiento de las condiciones de trabajo, riesgos de trabajo y muerte. Requisitos para agilizar el procedimiento laboral: Trabajador:

  • Presentación por escrito de su demanda.
  • Copias de traslado para la parte demanda y terceros interesados.
  • Croquis de localización de la parte demandada.
  • Número telefónico y correo electrónico para su localización.

Procedimientos paraprocesales de orden individual Se reciben, tramitan y resuelven a solicitud de la parte interesada, los distintos asuntos laborales que por su naturaleza y mandato de Ley requieran la intervención de la Junta, sin que esté promovido jurisdiccionalmente juicio alguno entre partes determinadas (avisos de rescisión, depósito de fianzas, depósitos para garantizar los créditos laborales, fe de hechos, etc.) Acreditar debidamente la personalidad con que se ostentan.

  • Acta constitutiva.
  • Poder notarial.
  • Carta poder suscrita por éste, en caso de no realizar personalmente el trámite.
  • Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (en caso de personas físicas).
  • Licencia de funcionamiento expedida por la autoridad municipal competente.

Trabajador:

  • Identificación oficial vigente con fotografía.
  • Carta poder suscrita por éste, en caso de no realizar personalmente el trámite.
  • Presentar el escrito o solicitud correspondiente.

Responsable: Secretarios Generales Jurídicos Laborales. Presentación de Emplazamientos a Huelga Se reciben y tramitan emplazamientos a huelga por firma de contrato colectivo de trabajo, violaciones al mismo o revisión contractual que sean presentados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco. Requisitos:

Presentación por escrito del pliego de peticiones cumpliendo las formalidades establecidas en el artículo 920 de la Ley Federal del Trabajo.

Responsable: Secretaría General de Conflictos Colectivos y Huelgas. Tramitación de Juicios de Titularidad Se reciben y tramitan demandas de titularidad para detentar el contrato colectivo de trabajo y alguna fuente de empleo que sean presentados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco. Requisitos:

Presentación por escrito de la demanda inicial, cumpliendo las formalidades establecidas en el artículo 893 de la Ley Federal del Trabajo.

Responsable: Secretaría General de Conflictos Colectivos y Huelgas. Registro de contratos colectivos de trabajo Se reciben, registran, y en su caso, sancionan los contratos colectivos de trabajo que sean depositados en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco. Requisitos para depósito de contratos:

    1. Depósito de nuevos contratos colectivos de trabajo de empresas.
  • Original y dos copias del contrato colectivo de trabajo.
  • Toma de nota certificada y vigente del comité ejecutivo en funciones del sindicato.
  • Copia simple del testimonio notarial de la empresa o alta de la empresa o negociación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
    1. Contratos de empresa por revisión:
  • Original y dos copias del contrato colectivo de trabajo.
  • Copia simple de la toma de nota vigente del comité ejecutivo en funciones del sindicato.
  • Debe contener el porcentaje salarial, bono de productividad y prestaciones.
    1. Contratos colectivos de trabajo tratándose de una constructora:
  • Original y dos copias del contrato colectivo de trabajo.
  • Toma de nota certificada y vigente del comité ejecutivo en funciones del sindicato.
  • Testimonio notarial de la constructora.
  • Licencia de construcción o licitación de la obra.
    1. Contratos por obra determinada:
  • Original y dos copias del contrato colectivo de trabajo.
  • Copia certificada de la toma de nota vigente del comité ejecutivo en funciones del sindicato.
  • Copia simple de la licencia de construcción o, en su caso, comprobante de domicilio.

NOTA: Respecto a los incisos a), c) y d), deberán de cumplir con los requisitos que señala el artículo 391 de la Ley Federal del Trabajo, que son los siguientes:

  1. Los nombres y domicilios de los contratantes;
  2. Las empresas y establecimientos que abarque;
  3. La duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada;
  4. Las jornadas de trabajo;
  5. Los días de descanso y vacaciones;
  6. El monto de los salarios;
  7. Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa o establecimientos que comprenda;
  8. Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento;
  9. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley; y,
  10. Las demás estipulaciones que convengan las partes.

Responsable: Secretaría General de Conflictos Colectivos y Huelgas. Procedimientos paraprocesales de orden colectivo Se reciben, tramitan y resuelven a solicitud de la parte interesada, los distintos asuntos laborales que por su naturaleza y mandato de Ley requieran la intervención de la Junta, sin que esté promovido jurisdiccionalmente juicio alguno entre partes determinadas (avisos de rescisión, depósito de fianzas, depósitos para garantizar los créditos laborales, fe de hechos, etc.) Acreditar debidamente la personalidad con que se ostentan.

Copia certificada de toma de nota vigente, expedida por autoridad competente.

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Patrón:

  • Acta constitutiva.
  • Poder notarial.
  • Carta poder suscrita por éste, en caso de no realizar personalmente el trámite.
  • Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (en caso de personas físicas).
  • Licencia de funcionamiento expedida por la autoridad municipal competente.

Los documentos deberán presentarse en original y copia. Responsables: Secretaría General de Conflictos Colectivos y Huelgas. Convenios laborales de orden colectivo. Se admiten, tramitan y aprueban convenios de sustitución patronal, terminación de contratos colectivos de trabajo, así como solicitudes de modificación y suspensión de relaciones colectivas de trabajo.

  • Copia certificada de toma de la nota vigente, expedida por autoridad competente.
  • Carta poder suscrita por el secretario general del sindicato, en caso de no realizar personalmente el trámite.

Patrón:

  • Acta constitutiva.
  • Poder notarial.
  • Carta poder suscrita por éste, en caso de no realizar personalmente el trámite.
  • Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (en caso de personas físicas).
  • Licencia de funcionamiento expedida por la autoridad municipal competente.

Para el caso de sustitución patronal:

  • Presentar aviso de sustitución patronal ante el IMSS.
  • Reconocimiento de los derechos individuales y colectivos por parte del patrón sustituto.

Para el caso de convenio por terminación de contratos colectivos de trabajo:

  • Presentar convenio por escrito en el que se expresen los hechos y causas que dieron origen a la terminación.
  • Baja de los trabajadores ante el IMSS.
  • Liquidación de los trabajadores por parte del patrón.
  • Última nómina y/o lista de raya.

Para el caso de convenio por modificación o suspensión de las relaciones colectivas de trabajo:

  • Presentar convenio por escrito en el que se expresen los hechos y causas que dieron origen a la modificación o suspensión.
  • Documentos públicos y privados que comprueben la situación económica de la empresa y la necesidad de la medida que solicita.
  • Relación de trabajadores que prestan sus servicios en la empresa o establecimiento, indicando nombres, apellidos, empleo que desempeñan, salario que perciben y antigüedad en el trabajo.
  • Dictamen formulado por perito relativo a la situación económica de la empresa o establecimiento.

Responsable: Secretaría General de Conflictos Colectivos y Huelgas. Procedimiento Colectivo de naturaleza Económica. Se reciben y tramitan demandas de procedimiento colectivo de naturaleza económica con objeto de modificar o implantar nuevas condiciones de trabajo o bien suspender o terminar las relaciones colectivas de trabajo, que sean presentadas ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco.

Presentación por escrito de la demanda inicial, cumpliendo las formalidades establecidas en los artículos 903 y 904 de la Ley Federal del Trabajo.

Responsable: Secretaría General de Conflictos Colectivos y Huelgas. TODO TRÁMITE REALIZADO ANTE ESTA JUNTA ES GRATUITO.

¿Qué pasa si se demanda a una empresa?

¿Cómo sé si estoy demandado laboralmente? – Cuando un trabajador presenta una demanda laboral contra su patrón afirmando que hubo un despido injustificado, el proceso se realiza ante la Junta Local o la Federal de Conciliación y Arbitraje, quien tiene la obligación de entregar una copia certificada del documento al patrón, en su domicilio.

  1. Ésta entrega del escrito es un requisito indispensable para que continúe el procedimiento.
  2. Junto con la demanda, se acompaña un documento denominado “Auto de Radicación”, que contiene el número de expediente, nombre del trabajador, nombre del patrón, la fecha de la primera audiencia, y las consecuencias de no acudir a dicha audiencia.

Sobra decir que lo más recomendable cuando se recibe la demanda, es acudir inmediatamente con un abogado especialista en material laboral, quien pedirá la firma de una carta poder para representar al demandado en el juicio.

¿Qué hacer en caso de que no entregan un producto?

¿Alguna vez has tenido la necesidad de quejarte por incumplimiento de un bien o servicio ante Profeco y no has sabido cómo? Cuando algún consumidor se ve afectado sus derechos por un proveedor de bienes o servicios, existen dos formas de emprender acciones a través de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco):,

Las se presentan cuando un negocio tiene malas prácticas u omisiones hacia los consumidores. Ejemplos de los casos más comunes son si algún cliente nota que un establecimiento no cuenta con las medidas de seguridad adecuadas, si el negocio no tiene los precios exhibidos o no los respeta; si el comercio no respetan las medidas internacionales (kilos, litros, entre otros) o si un producto se anuncia por medio de publicidad engañosa.

Una vez que se presente la, Profeco realizará una visita al negocio. De constatar que las prácticas de ese lugar afectan y lesionan los derechos de los consumidores, será sancionado. Para presentar la, el cliente no está obligado a presentar pruebas.

Sólo deberá describir la situación de manera breve y con todos los datos posibles, como el nombre del proveedor, el producto o servicio, domicilio o lugar y fecha. Las ante la Profeco se pueden realizar en el Teléfono del Consumidor (01 800 468 8722) o asistir a alguna de las delegaciones de Profeco en todo el país.

Las son reclamaciones formales cuando un comercio perjudica directamente al cliente al no respetar los términos y condiciones en las que contrata un servicio o adquiere un bien. Los ejemplos son que no respeten la garantía de un producto, que una aerolínea se niegue a prestar el servicio o cuando cobran una tarifa más alta a la que corresponde al consumo.

Nombre y domicilio.Identificación oficialContrato, recibo o comprobante de compra.Nombre y domicilio del proveedor, en caso de no aparecer en el recibo, señalar el lugar donde puede ser localizado.Descripción del bien o servicio que se reclama y la narración de los hechos que dieron lugar a la queja. Formato de recepción de queja impreso

Es posible presentar una fuera del territorio mexicano. El procedimiento sería vía telefónica o por internet a través del Departamento de Conciliación a Residentes en el Extranjero (CARE). Estos son los pasos:

Presentar una carta explicando los hechos en la que se debe incluir el nombre del afectado, el domicilio, el correo electrónico, así como los datos del negocio que lo afectó, (estos datos aparecen en el recibo o comprobante de la transacción). El formato de recepción de queja,Identificación oficial y comprobante de domicilio, escaneados.Recibos, facturas y contratos que amparen el bien adquirido o servicio contratado, escaneados.Cualquier otro documento adicional que pueda contribuir a la reclamación, escaneado.Enviar la documentación por correo electrónico a la dirección: [email protected]

En cualquiera de las dos opciones de queja, el procedimiento abarca desde la presentación de la misma, hasta que se alcance un acuerdo entre el afectado y el proveedor del bien o servicio. La Profeco debe acompañar al afectado durante todo el proceso con un abogado conciliador de la dependencia.

El acuerdo puede resultar en la restitución o devolución del monto pagado por el bien o servicio y, en su caso, la bonificación o indemnización por daños ocasionados al consumidor. Pero se debe de tomar en cuenta que estos procedimientos toman tiempo, y que, en caso de no llegar a un acuerdo, existen otras instancias a las que se puede acudir.

Los abogados sugerirán lo más conveniente según sea el caso.

¿Qué pasa si no se cumple plazo de entrega?

Si no se cumple, y tras un ‘ plazo adicional razonable’, el consumidor tiene derecho a anularlo o solicitar el reembolso. Si este se retrasa de forma injustificada, el consumidor puede reclamar el doble del importe.

¿Qué pasa con los paquetes de correos que no llegan?

Realizar la queja por teléfono – Si preferís recurrir antes a la vía telefónica para hacer vuestra queda o informaros sobre una incidencia de un envío, podéis llamar a al teléfono de Correos 915 197 197, También podéis probar el teléfono gratuito 900 400 004,

Si ya estáis en el siguiente paso de una reclamación, es decir, ya habéis recibido respuesta de Correos y no estáis de acuerdo con ella o ha pasado un mes desde que la hicisteis, pero no habéis recibido respuesta; podéis llamar a la Subdirección General de Régimen Postal y solicitar información o que os indiquen cómo proceder.

Sus teléfonos son: 915 978 228 y 915 978 274,